La protección radiológica es una disciplina fundamentada en juicios científicos y sociales que tiene como principio proveer al ser humano de un adecuado sistema de protección, sin limitar los beneficios prácticos que se obtienen por el manejo de las fuentes de radiaciones ionizantes.
Objeto
Esta norma venezolana establece los requisitos para elaborar el programa de protección radiológica que debe cumplirse en las instalaciones donde existan practicas con fuentes de radiaciones ionizantes, a fin de garantizar el logro de los objetivos de la protección radiológica.
Referencias normativas
Estas normas contienen disposiciones que al ser citadas en este texto constituyen requisitos de esta norma venezolana.
Como toda norma sujeta a revisión se recomienda que analicen las ediciones mas recientes de las normas citadas.
Definiciones
para los propósitos de esta Norma Venezolana se aplican las siguientes definiciones.
1) Autoridad competente.
2) Detrimento.
3) Dirección de una instalación.
4) Efectos deterministicos.
5) Efectos estadísticos.
6) Practica.
Requisitos
1) Obligaciones ante la autoridad competente.
2) Organización de la protección radiológica.
3) responsabilidades.
Servicio de salud ocupacional
Las personas ocupacionalmente expuestas donde existan practicas deben recibir una vigilancia medica según lo establecido en la Norma Venezolana COVENIN 2274.
Capacitación de los trabajadores
Previo a la realización de practicas, la persona debe ser adiestrada mediante un curso. El curso debe estar orientado hacia las practicas realizadas por los cursantes.
Vigilancia radiológica
A todas las personas ocupacionalmente expuestas se les debe proporcionar la vigilancia radiológica especificada en la Norma Venezolana COVENIN 2258, de acuerdo al tipo de practica que realicen.
Procedimiento en protección radiológica
En toda instalación donde se realicen practicas debe tenerse por escrito un manual de procedimientos para la protección radiológica.
Plan de emergencias radiológicas
Debe existir un plan de emergencias radiológicas, escrito, divulgado, entendido y practicado en todas las instalaciones donde se realicen practicas.
Disposiciones generales
Toda área de trabajo donde se realicen practicas con fuentes de radiaciones ionizantes debe estar clasificada, señalada y delimitada de acuerdo a lo establecido en la Norma COVENIN 2257.
COVENIN: COmision VEnezolana de Normas Industriales.
Publicado por: Geraldine Cipriani.
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